Detalle sentencia TC/0025/18

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Publicación: Miércoles 07 de Marzo , 2018 / 09:14 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2016-0372

relativo al recurso de revisión constitucional en materia de habeas data interpuesto por Yesenia Gómez del Valle contra la Sentencia núm. 0067-2016, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el dieciocho (18) de febrero de dos mil dieciséis (2016).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: apreciación (TC/0007/12). Hábeas data: Toda persona tiene derecho a una acción judicial para conocer de la existencia y acceder a los datos que de ella consten en registros o bancos de datos públicos o privados (art. 70 Constitución). Acción hábeas data: se rige por el régimen procesal común del amparo (art. 64 LOTCPC). Hábeas data: es una garantía constitucional a disposición de todo individuo la cual le permite acceder a cualquier banco de información, registro de datos y referencias sobre sí mismo (TC/0204/13). Hábeas data: Doble dimensión: manifestación sustancial y de carácter instrumental (TC/0204/13). Autodeterminación informativa (art. 44.2 Constitución): Concepto: facultad que corresponde a toda persona para ejercer un control sobre los datos e informaciones personales que le conciernen y que reposan en registros públicos o privados, pudiendo exigir su rectificación, suspensión, actualización y confidencialidad. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Rechaza y confirma. Voto particular: magistrado Castellanos Pizano.

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08/03/2018
tc-0025-18.pdf
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