Detalle sentencia TC/0014/22

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Publicación: Jueves 20 de Enero , 2022 / 03:10 P. M.

Referencia: TC-05-2021-0083

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el señor Ricardo Sosa Filoteo contra la Sentencia núm. 037-2020-SSEN-00241, dictada por la Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional del diecisiete (17) de marzo del año dos mil veinte (2020).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (art. 185.4 Constitución, arts. 9 y 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Plazo: hábil y franco (art. 95 LOTCPC; TC/0080/12). Acción de amparo: satisfacción de la legitimación activa (TC/0406/14). Juez de amparo: incurrió en un error in iudicando (art. 70.1 y 2 LOTCPC). Acción de amparo: concurrencia de ambas causales de inadmisibilidad. Principio de congruencia: se configura una vulneración (TC/0029/14; TC/0618/165). Juez de amparo: uso en forma yuxtapuesta de las causales de inadmisibilidad (TC/0150/19). Principio de autonomía procesal: habilita al tribunal para decidir el fondo del asunto (TC/0071/13). Normas relativas al vencimiento del plazo: son de orden público (TC/0543/158). Acción de amparo: plazo (art. 70.2 LOTCPC). Acción de amparo: extemporánea (art. 70.2 LOTCPC). Violaciones continuas: cómputo de plazo (TC/0205/13; TC/0243/15). Violación invocada: no tienen un carácter continuo. Violaciones continuas: no consta que la subsanación del derecho vulnerado sea ejercida dentro del plazo (art. 70.2 LOTCPC; TC/0426/17). Acción de amparo: inadmisible. Revisión constitucional de sentencia de amparo: acoge y revoca. Voto particular: Beard Marcos.

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20/01/2022
tc-0014-22-tc-05-2021-0083.pdf
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